Respetemos a todos nuestros vecinos, La administración le recuerda a los residentes que no es permitido fumar en las ventanas ni en los ductos de las torres.
Para llevar una convivencia sana es necesario conocer lo que estipulan las normas legales de copropiedad.
La Ley 1335 de 2009 cobija la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del mismo como fumador, asegura que las personas están en el derecho de respirar aire puro.
Las señales visuales, de ruido, olor, partículas y cualquier otro elemento que, generados en inmuebles trascienden al exterior, no podrán superar los niveles tolerables para la convivencia y la funcionalidad requerida en las unidades inmobiliarias cerradas.
La administración está en la obligación de hacer cumplir la Ley Antitabaco en la propiedad. Además, los afectados podrán presentar denuncia ante la policia, acusando que su tranquilidad se está viendo vulnerada y es probable recibir una multa equivalente a varios SMMLV.
La Ley Antitabaco se refiere a las zonas comunes, incluye las áreas que se encuentran al interior de la propiedad horizontal, y sin excluir otras, menciona: pasillos, zonas verdes o juegos, salones sociales, porterías, sótanos, parqueaderos, estos son lugares donde las personas están en el derecho de respirar aire puro.
En la agrupación se ha destinado un lugar para que las personas que deeen fumar lo puedan hacer.