Respetemos a todos nuestros vecinos, La administración le recuerda a los residentes que no es permitido fumar en las ventanas ni en los ductos de las torres.
Soy un buen vecino
- No fumo en lugares cerca a menores de edad.
- No fumo en zonas comunes, como en los jardines o pasillos.
- No voto colillas de cigarrillo dentro de la agrupación.
- Cuando mi vecino me hace la observación que el humo del cigarrillo le molesta, acato su sugerencia.
- Cuando fumo entiendo mis limitaciones dentro de la propiedad horizontal sin molestar a mis vecinos no consumo sustancias alucinógenas dentro de la agrupación, pues esto puede afectar a mis vecinos.
¿Sabías que?
Si bien la ley antitabaco habla de la prohibición de fumar en lugares colectivos, la ley 675 de 2001 o ley de propiedad horizontal si establece en su artículo 74 la prohibición de olores o partículas u otros elementos que trasciendan al exterior que afecten los niveles tolerables para la convivencia.
Atentamente,
la Administración.